El 1 de marzo de 2004 se hace pública
la ORDEN TAS/500/2004, que regula la financiación de
las acciones de formación continua en las empresas
que cotizan por el concepto de formación profesional
a la Seguridad Social.
El Nuevo Modelo de Formación Continua
tiene por objeto adaptar y reciclar permanentemente a los
trabajadores en activo, contribuyendo a lograr la mayor promoción
e integración social de los mismos y a incrementar
la competitividad de las empresas.
Son beneficiarios del Sistema de Bonificaciones,
todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio
español, cualquiera que sea su tamaño, que desarrollen
formación para sus trabajadores y que coticen por Formación
Profesional a la Seguridad Social.
Estas empresas disponen de un crédito
que pueden utilizar para financiar las acciones de formación
continua, bonificándose el coste de la formación
en el pago de los seguros sociales a la Seguridad Social,
de este modo, las empresas podrán recuperar parcial
o totalmente sus inversiones en formación.
Para determinar el crédito de una
empresa, a la cuantía ingresada por ésta en
concepto de cuota de formación profesional del año
anterior, se aplica el porcentaje de bonificación que
se establezca en la Ley anual de Presupuestos Generales del
Estado.
BONIFICACIONES A EMPRESAS
- Empresas de 1 a 5 trabajadores: 420 €
- De 6 a 9 trabajadores: 100 % *
- De 10 a 49 trabajadores: 75% *
- De 50 a 249 trabajadores: 60 % *
- De 250 o más trabajadores: 50 % *
- Empresas de nueva creación: 65 € por trabajador
(*) Este % se aplicará a la cuantía
ingresada por la empresa en concepto de Formación
Profesional en el año anterior.
Las empresas con más de cinco trabajadores
están obligadas a participar en la financiación
de las acciones formativas que desarrollen a favor de sus
trabajadores.
Si bien, este esfuerzo inversor o cofinanciación,
no sólo se realiza en valor monetario, sino también
a través de los costes salariales de los trabajadores
que hayan realizado la formación dentro de su jornada
laboral.
La empresa podrá utilizar su crédito
de formación continua para formar al número
de trabajadores de su plantilla que considere oportuno, si
bien, el Fondo Social Europeo (FSE) considera como colectivo
prioritario y necesitado de formación el formado por:
trabajadores no cualificados, mujeres, mayores de 45 años,
discapacitados y trabajadores de PYMES.
La bonificación aplicable por la empresa
no podrá superar en ningún caso, el coste máximo
bonificable, que vendrá determinado: por los módulos
económicos establecidos por el Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales en función de la modalidad de impartición
elegida (presencial, a distancia, teleformación y mixta),
el número de horas de la acción formativa y
el número de participantes asistentes a la acción
formativa.
El Sistema de Bonificaciones utiliza los
fondos disponibles del FSE, además de los fondos nacionales
y la recaudación de la cuota de Formación Profesional
de los trabajadores asalariados, y es la Fundación
Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) quien
distribuye, gestiona y organiza los fondos mencionados anteriormente.
Las empresas
con más de cinco trabajadores están obligadas
a participar en la financiación de acciones formativas
a favor de sus trabajadores.
Las empresas que quieran bonificarse
deberán:
- Adherirse a un convenio de agrupación
de empresas, o bien, gestionar por sí mismas de forma
individualizada el Sistema de Bonificaciones.
- Identificar en una cuenta separada o
epígrafe específico de su contabilidad todos
los datos de ejecución de las acciones formativas
y las bonificaciones que se apliquen, con la referencia
común de Formación Continua.
- Someterse a las actuaciones de comprobación,
seguimiento y control a realizar por los Órganos
competentes.
- Establecer el correspondiente control
de seguimiento de los participantes en las acciones formativas
bonificadas.
- No simular contratación laboral.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento
de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Guardar durante un período mínimo
de cinco años la documentación justificativa
de las acciones de formación.
NOTAS
Entidad Organizadora: EUROCEP
Precio: GRATUITO, para el
trabajador por cuenta ajena, puesto que la empresa dispone
de una bonificación mínima de 420€ a invertir
en la formación continua de su personal.
Formación: Modalidad
de impartición: Distancia.
Material: A cada participante
se le entregará la documentación con los contenidos
teóricos, guía del alumno y pruebas de evaluación.
Diploma: Una vez realizado
el curso, el alumno recibirá un certificado de la fundación
Tripartita para la Formación en el Empleo, el Fondo
Social Europeo y EUROCEP.